GESTIÓN DE SERVICIOS PROVISORIOS
Para ello, se recomienda leer detenidamente TODA la documentación que es requisito presentar para su tramitación, que se encuentra en esta publicación.
Dicha documentación debe ser remitida a la SAD de la siguiente forma:
PAUTAS PARA SERVICIOS PROVISORIOS DISPUESTOS POR LA DIRECCIÓN DE TRIBUNALES DE CLASIFICACIÓN
VER VÍNCULOS A CONTINUACIÓN:
SERVICIO PROVISORIO DISPOSICIÓN
PAUTAS DE APLICACIÓN
ANEXO 2 SOLICITUD DE SERVICIO PROVISORIO
ANEXO 3 SERVICIO PROVISORIO OTORGADO
ANEXO 4 SERVICIO PROVISORIO DENEGADO
ANEXO 5 PLANILLA RESUMEN SSPP OTORGADOS
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Dicha documentación debe ser remitida a la SAD de la siguiente forma:
- En UN SOLO ENVIO, todos los archivos en formato PDF con el nombre SP APELLIDO (del docente) - tipo de probanza anexada. Ej: Suarez-DNI.pdf
- Al correo sad134@abc.gob.ar en el Asunto colocar SERVICIO PROVISORIO- APELLIDO (del docente)
- El docente debe enviar la solicitud de servicio provisorio exclusivamente desde su correo ABC.
PAUTAS PARA SERVICIOS PROVISORIOS DISPUESTOS POR LA DIRECCIÓN DE TRIBUNALES DE CLASIFICACIÓN
VER VÍNCULOS A CONTINUACIÓN:
SERVICIO PROVISORIO DISPOSICIÓN
PAUTAS DE APLICACIÓN
ANEXO 2 SOLICITUD DE SERVICIO PROVISORIO
ANEXO 3 SERVICIO PROVISORIO OTORGADO
ANEXO 4 SERVICIO PROVISORIO DENEGADO
ANEXO 5 PLANILLA RESUMEN SSPP OTORGADOS
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
DOCUMENTACIÓN SERVICIO PROVISORIO
ENLACE: ESTATUTO DEL DOCENTE
- Cap.7 ( Art. 28,29,30) de la Incompatibilidad horaria
- Cap. 18 (Art. 101 al 106) de los Servicios Provisorios
Leer capítulo XVIII del Estatuto del Docente.
SE DEBEN PRESENTAR JUEGO COMPLETO DE TODA LA DOCUMENTACIÓN EN FORMATO PDF.
CAUSALES PARA SOLICITAR SERVICIO PROVISORIO
4.1.- UNIDAD FAMILIAR
La Unidad Familiar se considerará afectada cuando, en virtud de la prestación de tareas docentes, se lesione la convivencia del núcleo familiar, entendiéndose por tal el constituido por el cónyuge y/o conviviente, padres e hijos que convivan habitualmente en hogar común.
4.1.1: Por traslado del cónyuge y/o conviviente en su tarea o profesión y el consecuente cambio de domicilio lesione la convivencia habitual del núcleo familiar:
-Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente acerca de las causas que motivan su petición.
-Certificado de matrimonio o constancia de Juez de Paz que acredite la convivencia.
-Fotocopia del DNI del cónyuge o conviviente donde conste el domicilio, el cual deberá ser concordante con el del docente solicitante.
-Constancia que acredite el traslado del cónyuge o conviviente en su tarea o profesión. Si se tratare de una relación laboral en relación de dependencia y el traslado es producido por solicitud del empleador, deberá acompañar el instrumento pertinente que acredite fehacientemente dicho traslado.
-Constancia de horarios de transporte público avalado por la empresa correspondiente, donde conste tiempo de recorrido y frecuencia entre el nuevo domicilio y el establecimiento donde el docente desempeña el cargo, módulos u horas cátedra titulares sobre cuya base solicita el servicio provisorio. Quedará
exceptuado de este requisito cuando la distancia entre el domicilio del agente y el lugar de trabajo supere los 100 km.
4.1.2: Cuando el docente tenga a su cargo uno o más miembros del núcleo familiar de derecho o de hecho que sufran disminución o impedimento físico y/o psíquico que limite o anule su capacidad para obrar por sí mismo o si se tratare de hijos o hermanos menores de dieciséis (16) años y constituya su necesaria compañía.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
- Nota explicativa del docente acerca de las causas que motivan su petición
-Fotocopia de DNI del docente y de los familiares a cargo donde conste el domicilio, el cual deberá ser concordante con el del docente solicitante.
-Certificados que acrediten los vínculos
-Certificado emanado de organismo médico estatal que acredite la necesidad de la especial atención del enfermo y la causal que limite o anule su capacidad para obrar por sí mismo.
- Constancia de horarios de transporte público avalado por la empresa correspondiente, donde conste tiempo de recorrido y frecuencia entre el nuevo domicilio y el establecimiento donde el docente desempeña el cargo, módulos u horas cátedra titulares sobre cuya base solicita el servicio provisorio. Quedará
exceptuado de este requisito cuando la distancia entre el domicilio del agente y el lugar de trabajo supere los 100 km.
4.1.3: Cuando por inexistencia de establecimientos educacionales donde se hallara el hogar común, los hijos y/o hermanos menores de dieciséis (16) años, debieran trasladarse a otros distritos y no existan medios regulares de transportes.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente acerca de las causas que motivan su petición
-Fotocopia de DNI del docente y de los familiares a cargo donde conste el domicilio, el cual deberá ser concordante con el del docente solicitante.
-Constancia de la Jefatura Distrital que acredite que en el distrito donde el docente es titular, no existen establecimientos educacionales en los cuales el menor pueda cursar sus estudios.
-Constancia de alumno regular actualizada.
4.1.4: Cuando el docente desempeñe cargos en lugares diferentes al de su domicilio y el traslado, dada la distancia o la insuficiente frecuencia de servicios regulares de transporte, le demanda un lapso que le haga
permanecer ausente de su hogar durante seis (6) horas o más. Cuando se tratare de horas cátedra y/o módulos, el tiempo de ausencia del hogar deberá ser de seis (6) horas o más y siempre que el trayecto entre el domicilio donde revista demande un lapso mínimo de tres (3 horas entre la ida y el regreso.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente acerca de las causas que motivan su petición
-Fotocopia de DNI del docente y de los familiares a cargo donde conste el domicilio el cual deberá ser concordante con el del docente solicitante.
- Constancia de horarios de transporte público avalado por la empresa correspondiente, donde conste tiempo de recorrido y frecuencia. Quedará exceptuado de este requisito cuando la distancia entre el domicilio del agente y el lugar de trabajo supere los 100 km. Si el docente solicita el servicio provisorio desde un cargo de base, el tiempo de traslado debe ser de dos (2) horas reloj o más entre su domicilio y el lugar de trabajo.
4.1.5: Cuando por fallecimiento de un familiar en primer grado o por separación legal o de hecho el docente manifieste su voluntad de trasladarse.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente acerca de las causas que motivan su petición
-Certificado de defunción
-Certificados que acrediten los vínculos
-Documentación emanada de autoridad competente que acredite el divorcio
vincular y/o la separación de hecho.
Para cualquiera de las dos causales que el docente invocare mencionada en el presente ítem, el solicitante deberá demostrar el perjuicio ocasionado y que motiva su petición. En tal caso además de la documental mencionada el docente deberá aportar la documental propia según las razones invocadas.
4.2- SALUD:
Cuando existan razones de salud que impidan el desempeño de su función en el destino donde es titular. El cambio de destino deberá ser aconsejado por la junta médica oficial.
Corresponderá aconsejar servicio provisorio por razones de enfermedad cuando la Junta Médica pondere que no hay afectación o disminución de la capacidad laborativa que impida el desempeño normal de las tareas propias de su cargo titular, pero surja la necesidad de un cambio de destino o de ámbito laboral. Las razones para el traslado estarán vinculadas con las distancias, las características del camino o los medios de transporte disponibles, que pudieren comprometer la salud del docente, sea agravando una patalogía o bien dificultando el proceso de evolución y recuperación esperado. También podrá aconsejarse servicio provisorio por razones de enfermedad cuando por circunstancias vinculadas a la infraestructura propia del establecimiento donde cumple sus servicios, no resultare conveniente el traslado o tránsito hacia el
lugar donde cumple dichas funciones y siempre que no existan vías alternativas de acceso.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente acerca de las causas que motivan su petición
-Dictamen de la Junta Médica (el cual será remitido desde el Centro Médico Zonal o Centro Médico Regional a la Dirección de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo).
En estos casos la documentación se presentará ante el Tribunal Descentralizado o Dirección de Tribunales de Clasificación según corresponda, Organismo que verificará el cumplimiento de los recaudos legales para su posterior remisión a la Secretaría de Asuntos Docentes para su pertinente intervención, quien deberá notificar al docente de lo resuelto y ofrecer las vacantes disponibles a tal fin.
4.3- ATENCIÓN DE UN MENOR DE HASTA UN (1) AÑO SIENDO LA MADRE O ACREDITANDO LA TENENCIA, GUARDA O TUTELA.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente de las causas que motivan su petición debiendo acreditar el docente la ausencia de su domicilio en un período no menor de seis (6) horas o más y siempre que el trayecto entre el domicilio donde revista demande un lapso mínimo de tres (3 horas entre la ida y el regreso. Si el docente solicita el servicio provisorio desde un cargo de base, el tiempo de traslado debe ser de dos (2) horas reloj o más entre su domicilio y el lugar de trabajo
-Certificado de nacimiento y/o constancia emanada de autoridad competente que acredite la tenencia, guarda o tutela.
-Fotocopia de DNI del docente y del menor donde conste el domicilio el cual deberá ser concordante con el del docente solicitante.
- Constancia de horarios de transporte público avalado por la empresa correspondiente, donde conste tiempo de recorrido y frecuencia. Quedará exceptuado de este requisito cuando la distancia entre el domicilio del agente y el lugar de trabajo supere los 100 km.
4.4- VIOLENCIA FAMILIAR o VIOLENCIA CONTRA LA MUJER:
Cuando el docente alegue razones de violencia familiar que pongan en riesgo la integridad psicofísica del mismo o de los hijos u otro familiar a cargo.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente de las causas que motivan su petición
Se deberá presentar la documentación respaldatoria que acredite denuncia por violencia contra la mujer. En este sentido la presentación que acredite la denuncia efectuada ante organismos competentes
conforme lo establecido en el marco de las Leyes N° 12569 y N° 26485 constituirá documental suficientes a los efectos de la probanza de la causal invocada.
4.5- ESTUDIO:
Cuando el docente documente la iniciación y/o prosecución de estudios en institutos u organismos educacionales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación, de universidades nacionales u otras casas de estudio del nivel terciario, cuyos títulos sean otorgados o reconocidos por la Nación y habilitados por la Provincia de Buenos Aires y que, por la naturaleza de los mismos amplíen su formación pedagógica o enriquezcan el ejercicio de la función docente y no pueda cursar sus estudios en el lugar donde revista como titular.
- Anexo 1 “Solicitud de servicios provisorios” debidamente cumplimentada
-Nota explicativa del docente de las causas que motivan su petición
-Constancia emanada de autoridad competente que acredite la iniciación y/o prosecución de los estudios. En este último caso el docente deberá cada seis meses presentar ante la Secretaría de Asuntos Docentes, constancia de alumno regular y porcentaje de materias rendidas en dicho semestre. LOS CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS NO PODRAN EXCEDER A SU PRESENTACIÓN LOS 30 DIÁS DE EXPEDIDOS.
-Constancia de la Secretaría de Asuntos Docentes que acredite que en el lugar donde el docente es titular, no existen establecimientos u organismos donde se puedan cursar estudio iguales a los que motivan la solicitud.
LOS SERVICIOS PROVISORIOS POR ESTUDIO SERAN CONCEDIDOS EN VACANTES DE SERVICIOS EDUCATIVOS O EN OTRAS REPARTICIONES DE LA DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION UBICADAS EN RADIO DE FACIL ACCESO AL ESTABLECIMIENTO DONDE SE HALLARE
INSCRIPTO EL SOLICITANTE.
4.6-OTRAS CAUSALES –artículo 103 inciso e-:
Serán consideradas por los Tribunales de Clasificación Centrales quienes deberán resolver en cada caso, determinando la documentación respaldatoria que acredite la causal invocada.
En estos casos se deberá elevar al Tribunal Central detalle pormenorizado de la documentación presentada dejando constancia expresa de la cantidad de fojas.